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Consulta Migratoria PDF Imprimir E-mail
Escrito por Heriberto Rivera-Vélez - Ex Oficial de Inmigración de Los Estados Unidos   
Sábado, 07 de Noviembre de 2009 18:58

Qué es un “Advance Parole? Quiénes deben solicitarlo y por qué?

Qué es un “Advance Parole?

Qué es un “Advance Parole?

El EL “Advance Parole” es un permiso para reingresar a los Estados Unidos después de haber viajado al extranjero. Es una medida extraordinaria usada con moderación para permitir que una persona, que de otra forma fuera inadmisible, pueda ingresar a los Estados Unidos debido a circunstancias urgentes.

¿Quiénes deben solicitarlo?

Las personas que tienen las siguientes protecciones migratorias:

  • Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés)
  • Solicitud pendiente para ajuste de estatus para residencia legal permanente.
  • Solicitud pendiente para alivio bajo la sección 203 de la Ley de Ajuste Nicaragüense y Alivio Centroamericano (NACARA 203, por sus siglas en inglés).
  • Solicitud pendiente de asilo.
  • Solicitud pendiente para legalización.

¿Por qué deben solicitarlo?

De acuerdo a la ley migratoria, ciertas personas pueden solicitar un documento de viaje y obtener un “Advance Parole” aprobado antes de salir de los Estados Unidos. Intentar reingresar a los Estados Unidos sin previa autorización, puede tener consecuencias severas ya que las personas que requieren de un “advance parole”, pueden no poder regresar a los Estados Unidos y sus solicitudes pendientes pueden ser denegadas o cerradas administrativamente.

Los solicitantes que planean viajar al extranjero deben planificarlo por lo menos con 90 días de anticipación, dependiendo de la localización de la oficina de inmigración (USCIS).

Es importante aclarar que aunque el “Advance Parole” es un permiso para reingresar a Estados Unidos, éste no es una garantía de que la persona podrá entrar al país. Esto podría aplicar a quienes hayan sido arrestados por cometer algún crimen en EE.UU. o quienes tengan una orden de deportación. En la mayoría de los casos, aunque la persona tenga un “Advance Parole”, no podrá entrar a Estados Unidos.

Las personas que han sido admitidas como refugiados, o se les ha otorgado asilo, incluyendo aquellos que están solicitando un ajuste de estatus, no necesitan obtener un “Advance Parole”; estas personas deben solicitar un Documento de Viaje para Refugiado.

Los solicitantes de asilo, asilados y residentes legales permanentes que obtuvieron dicho estatus basado en su estatus de asilo, están sujetos a reglas especiales con relación a viajar fuera de los Estados Unidos.

Para obtener un “Advance Parole”, deben presentar el Formulario I-131, solicitud para Documento de Viaje. Para consultas:

“AYUDA” Clínica de Asesoría Migratoria En EE.UU, Tel: (703) 636-5906 E-mail: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla



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Última actualización el Lunes, 09 de Noviembre de 2009 13:25