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Inmigración PDF Imprimir E-mail
Escrito por Heriberto Rivera-Vélez, Ex Oficial de Inmigración de Los Estados Unidos   
Lunes, 12 de Octubre de 2009 22:23

Visas para víctimas de violencia doméstica

Generalmente, los ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes tienen el derecho de presentar una petición para que su cónyuge, hijos u otros familiares puedan obtener una visa para vivir en los Estados Unidos. Esto significa que ellos controlan el proceso de inmigración. Desafortunadamente, algunos aprovechan su control para abusar de los integrantes de su familia o amenazan con denunciarlos ante las autoridades migratorias para que sean deportados o para que revoquen/demoren el proceso de residencia.

El Congreso aprobó la Ley de violencia contra la mujer en 1994, en parte, para ayudar a las víctimas de violencia doméstica a adquirir el estado de residente permanente por sí solas y no a través del familiar ciudadano o residente permanente culpable del maltrato, para su seguridad o independencia.

Las personas elegibles para una visa son:

  • Los cónyuges de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes en los Estados Unidos que son maltratados de parte de su pareja. También pueden incluirse en la solicitud los hijos solteros menores de 21 años de edad de dichos cónyuges, independientemente de haber sido maltratado o no.
  • Los padres de hijos solteros que han sido maltratados por el padrastro o la madrastra ciudadanos o residentes permanentes. También pueden incluirse en la solicitud los otros hijos solteros menores de 21 años de edad de dichos padres, independientemente de haber sido maltratado o no.
  • Los hijos solteros menores de 21 años de edad que han sido maltratados por sus padres ciudadanos o residentes permanentes. También pueden incluirse en la solicitud los hijos solteros menores de 21 años de edad de los hijos antes mencionados, independientemente de haber sido maltratados o no.
  • Los padres que han sido maltratados por sus hijas o hijos adultos ciudadanos de los Estados Unidos.

Las peticiones (Formulario I-360) se presenta ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (U.S. Citizenship and Immigration Service o CIS por sus siglas en inglés). El solicitante debe presentar documentación exhaustiva que pruebe que fue víctima de maltrato.

Requisitos para presentar la petición:

  • Prueba de la condición de inmigrante del agresor. La forma más común de hacerlo es presentando una copia de su certificado de nacimiento, pasaporte, certificado de naturalización o tarjeta de residencia permanente.
  • Prueba de parentesco entre el agresor y la persona indocumentada. Esto puede incluir documentos como un certificado de matrimonio, certificado de nacimiento y decreto de divorcio.

Visas para víctimas de violencia doméstica

  • Prueba del maltrato y del efecto que esto haya producido en la persona indocumentada. En general, esto incluye informes policiales, informes de arresto, órdenes de protección, órdenes de alejamiento, registros médicos, fotografías, cartas de abogados o proveedores de servicios sociales y cartas de aquellas personas que tuvieron conocimiento del maltrato en el momento en que ocurrió.
  • Prueba del ‘‘buen carácter moral’’ de la persona indocumentada. CIS exige que el solicitante adquiera un certificado de antecedentes penales de todas las ciudades en las que vivió durante más de seis meses en los últimos tres años.

Si usted es víctima de violencia domestica no tenga miedo, la ley lo protege. Someta su petición lo antes posible.

Para consultas:
“AYUDA” Clínica de Asesoría Migratoria En EE.UU, Tel: (703) 636-5906 E-mail: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla

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Última actualización el Martes, 13 de Octubre de 2009 01:56